Nuevos medios de pago de seguro
¿Cómo se van a poder pagar los seguros?
Les queremos contar cómo se podrán pagar los seguros y de qué se trata la norma complementaria de la resolución 40.541.
Se podrán cobrar los seguro a través de:
Transferencias bancarias
Débitos directos
Depósitos
Tarjetas prepagas no bancarias
Billetera virtual
Pagos electrónicos
Cheques cancelatorios
Cheques de terceros endosados por el asegurado o tomador de la póliza
Entidades especializadas en cobranza (cadenas de pagos de servicios)
Efectivo, con comprobante de pago emitido por un controlador fiscal homologado por AFIP y registrado por la SSN y hasta la suma de $1000.
Cualquier medio electrónico de pago habilitado por el BCRA que podrán chequear en el siguiente link:http://www.bcra.gov.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Medio_electronico_de_pagos.asp
La implementación de estos medios de cobro permite trazar los fondos. ¿A partir de cuándo entra en vigencia y para qué montos?
A partir del 1ro de septiembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $20.000. A partir del 1ro de diciembre de 2017, los cobros de pólizas anuales que superen los $10.000. Y a partir del 1ro de marzo de 2018, aplicable a los montos anuales por arriba de $1.000 (hasta $1.000 se pueden pagar en efectivo mediante el uso de controladores fiscales).
Link nota: http://www2.ssn.gob.ar/index.php/novedades/item/189-nuevos-medios-de-pago-de-seguro